Si tenes algún trastorno alimentario existe una ley que te protege. Garantiza que tu obra social cubra un tratamiento integral y te ampara frente a la discriminación.
Trastornos alimentarios
¿Qué son los trastornos alimentarios?
Son alteraciones en la forma de comer alimentos.
¿Cómo me protege la ley?
Si sos obeso o bulímico o tenes otros trastornos alimentarios, la ley te garantiza el derecho a la salud y te ampara frente a la discriminación.
Obras Sociales
Si necesito tratamiento, ¿me lo cubre la obra social?
Sí. Tanto las obras sociales como las prepagas deben cubrirte el tratamiento.
¿Qué incluye la cobertura del tratamiento por trastornos alimentarios?
Incluye tratamiento:
Nutricional.
Psicológico.
Clínico.
Quirúrgico.
Farmacológico.
Y todas las prácticas necesarias para la atención de la enfermedad
Las operaciones de by- pass gástrico o banda gástrica ajustable, ¿están incluidas en las prestaciones de las obras sociales y prepagas?
Sí, siempre que:
Tengas entre 21 y 65 años.
Tu índice de masa corporal sea mayor a 40kg/m2.
Hayas intentado sin éxito otros métodos no quirúrgicos bajo supervisión médica por, al menos, 2 años.
¿Los colegios deben estar preparados para recibir personas con obesidad?
Sí, deben contar con las comodidades y el equipamiento necesarios para las personas con obesidad.
¿Existen disposiciones para cuidar la nutrición de los chicos?
Sí, los comedores escolares deben corregir las deficiencias o excesos en la alimentación. Los quioscos en las escuelas deben ofrecer productos para una alimentación saludable que tienen que estar a la vista de los alumnos.
Para mas información visitar: https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/trastornos-alimentarios
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